En tiempos de crisis social y económica, la resiliencia se ha convertido en un concepto indispensable. No se trata únicamente de una virtud psicológica, sino de un principio con relevancia constitucional y jurídica, vinculado estrechamente a la dignidad humana.
La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 66, garantiza derechos como la vida digna, la integridad personal y el libre desarrollo de la personalidad. Estos constituyen el soporte jurídico para que las personas, aun en la adversidad, puedan reconstruir sus proyectos de vida. Así, la resiliencia deja de ser una aspiración abstracta y se convierte en un mandato constitucional que obliga al Estado a generar condiciones que fortalezcan la esperanza.
El plano internacional refuerza esta visión. La Declaración Universal de Derechos Humanos establece en su artículo 1 que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. El Pacto de San José de Costa Rica, en sus artículos 5 y 11, protege la integridad personal y la honra, confirmando que el ser humano no debe quedar atrapado en la adversidad, sino protegido por un marco jurídico que le permita levantarse.
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La Corte Constitucional del Ecuador ha sostenido que “la dignidad humana constituye el principio fundamental del orden constitucional y, por tanto, exige que el Estado genere condiciones materiales para el ejercicio pleno de los derechos” (sentencia n.º 001-10-SAN-CC). De igual forma, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló que “la noción de vida digna implica condiciones de existencia orientadas al desarrollo integral de la persona” (caso Comunidad Indígena Yakye Axa vs. Paraguay, 2005). Estas sentencias confirman que la resiliencia no depende solo del individuo, sino de la responsabilidad estatal y colectiva. En la doctrina, Luigi Ferrajoli (2001) recuerda que “los derechos fundamentales no son concesiones graciosas del poder, sino garantías indispensables para que cada ser humano pueda desenvolverse como sujeto libre y autónomo”. En este marco, la resiliencia se entiende como un derecho a la esperanza, inseparable de la dignidad humana.
El fracaso es un simple impostor
La resiliencia no es resignación: es transformación; es la capacidad de convertir el dolor en fuerza y la pérdida en oportunidad. Lejos de la utopía, se presenta como el camino real para vivir con paz, justicia y esperanza en un porvenir más humano. (O)
Elio Roberto Ortega Icaza, mediador y abogado criminalista, El Coca