El Ecuador viene dando pasos importantes en el relacionamiento internacional a través de la firma de acuerdos comerciales, cartas de entendimiento, aumento de la inversión extranjera (que a septiembre de 2025 ya bordeaba los 900 millones de dólares, equivalentes a todo lo recibido por este concepto en los años 2023 y 2024), reducción del riesgo país, aumento del consumo de la recaudación tributaria, aumento de las exportaciones (en especial las no petroleras, tanto tradicionales como no tradicionales); pero, para ir cerrando este círculo virtuoso que empezamos a evidenciar en la economía, es preciso realizar una reforma laboral que permita un mayor dinamismo en el mercado de contratación en el país para que se generen las suficientes plazas de trabajo y dejar de lado situaciones tan penosas de falta de acceso a mujeres y jóvenes a las opciones laborales. Si bien el empleo adecuado se incrementó del 33 % al 37 % entre diciembre del 2024 y diciembre del 2025, son necesarios más esfuerzos en todo sentido, involucrando a los diferentes actores de la economía nacional. Es ahí que Argentina surge como un ejemplo de lo que debemos ya empezar a tratar, una reforma laboral profunda de cara a eliminar las inequidades de acceso al mercado de trabajo, el cual es muy rígido al momento de contratación y que necesita no facilismos, sino facilidades, justamente para mejorar las condiciones de vida de la población a la cual se pretende beneficiar.

La ley de modernización laboral, aprobada en primera instancia por el Gobierno de Javier Milei, propone sin duda una reconfiguración del ámbito de aplicación del contrato de trabajo en dicho país, de tal manera que marca la cancha para que exista un mayor progreso en la contratación. De igual manera, propone nuevos cálculos en la indemnización, la implementación de un fondo de cese laboral y un fondo de asistencia laboral a cargo de los empleadores con la finalidad de ayudar los a solventar las indemnizaciones de los trabajadores que tengan registrados. También flexibiliza la jornada laboral para que, en este sentido, por mutuo acuerdo de las partes, puedan cambiarse los horarios a turnos rotativos o en función de las necesidades de la empresa, respetando el número de horas semanales que tiene que cumplirse en dicho país (48 horas). Además, un avance importante es la regulación al derecho a la huelga, mal utilizado por algunos sindicalistas en Argentina y en muchos países de América Latina, y el Ecuador no ha sido la excepción (a pesar de existir normativa vigente, esta no se respeta). De igual manera, establece un régimen para las plataformas tecnológicas, para que los repartidores y conductores de dichas plataformas tengan mejores condiciones de trabajo, empezando por la cobertura de un seguro de accidentes personales y recibir el 100 % de las propinas que se generen. Asimismo, limita las prácticas desleales y bloqueos que puedan presentarse y genera incentivos a la formalización de cara a que cada vez más personas puedan recibir los beneficios respectivos establecidos en la normativa de ese país. Esto y otras novedades son importantes que tengamos presentes para así mejorar las condiciones laborales y de vida de la población. El Ecuador en el pasado ha rechazado la contratación por horas, la flexibilidad laboral, entre otras alternativas, debido a los “cucos” que algunos sectores sindicalistas y de izquierda privilegiados no quieren que se lleven a cabo porque aducen “regresión de derechos”; pero si deseamos el cambio, no debemos seguir haciendo lo mismo, más aún lo que nos mantiene postrados. La población tiene que entender que es necesario avanzar hacia una legislación que no solo le sirva al 37 % de los ecuatorianos que tienen una condición de empleo adecuado (ganan al menos el salario básico y trabajan al menos las 40 horas a la semana), sino a toda la población en conjunto, especialmente a aquel 63 % restante que no tiene una condición de empleo digna. (O)

Jorge Calderón Salazar, analista económico, Guayaquil