Wladimir Tocaín, jefe del Departamento de Comunicación Institucional del Servicio de Rentas Internas (SRI), envió a EL UNIVERSO una carta de aclaración a la nota titulada “Devolución del IVA: se acreditó junio a unos adultos mayores, otros reportan pagos pendientes desde hace un año“, que se publicó en la edición digital el 11 de diciembre de 2025.
El texto de la carta es el siguiente:
En relación con la nota publicada el 11 de diciembre de 2025 bajo el título “Devolución del IVA: se acreditó junio a unos adultos mayores, otros reportan pagos pendientes desde hace un año”, el Servicio de Rentas Internas (SRI) considera necesario precisar información para garantizar a la ciudadanía un entendimiento correcto y completo del proceso de devolución del IVA a los adultos mayores y personas con discapacidad.
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En primer lugar, no es correcto afirmar que las devoluciones se encuentran pendientes desde hace un año. El proceso de devolución se gestiona exclusivamente en función de la fecha en que cada contribuyente ingresa su solicitud y conforme a los plazos establecidos en la normativa vigente.
En la publicación se señala: “En algunos casos aseguran que se les adeuda desde el año pasado, de todo este 2025, o que se les acreditó casi hasta el primer semestre y desde entonces no han vuelto a recibir ese dinero”.
Sobre este punto, es indispensable aclarar que cada beneficiario ingresa sus solicitudes de devolución por periodos mensuales, según lo que considere necesario.
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Existen casos en los que un contribuyente presenta, por ejemplo, en diciembre de 2025, una solicitud correspondiente al IVA pagado en diciembre de 2024. Esto no significa que el SRI mantuvo una devolución pendiente durante un año, sino que el propio contribuyente ingresó esa solicitud un año después de haber realizado el consumo.
Por ello, reiteramos enfáticamente que todas las solicitudes se atienden conforme son ingresadas, dentro de los plazos establecidos en la normativa. Si un contribuyente decide presentar hoy solicitudes correspondientes a meses del año anterior o de dos años atrás, ello no implica que el SRI no haya realizado devoluciones desde esos periodos, sino que la solicitud fue presentada meses o años después de haber realizado el consumo y el pago del IVA, por decisión del propio beneficiario.
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Estamos seguros de contar con la apertura de su medio para compartir estas precisiones, que buscan evitar interpretaciones incorrectas sobre un proceso que se desarrolla conforme a la Ley.
Nota de la Redacción:
Este Diario solicitó al SRI información desde el 9 de diciembre sobre la devolución del IVA a los adultos mayores y a las personas con discapacidad: desde qué mes hay retraso y las causas, cuándo se pondrían al día y otros aspectos, para lo que no se había tenido respuesta.
La nota “Devolución del IVA: se acreditó junio a unos adultos mayores, otros reportan pagos pendientes desde hace un año” fue elaborada con base en testimonios de las personas de la tercera edad que esperan las acreditaciones por la devolución del IVA. (I)

















