Tan solo días después que Wilman Terán, expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ) y sentenciado en los casos Independencia Judicial, Metástasis y Pantalla, fue llevado desde la Cárcel 4, en Quito, a la Cárcel del Encuentro, en Santa Elena, el exfuncionario judicial recuerda que ejerce su propia autodefensa y solicita al conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) a cargo del caso Vidrio Libre que se disponga que a las audiencias a las que se lo convoque él sea llevado personalmente para que ejerza su defensa directamente.
Terán, también conocido con el alias de Diablo en el caso Metástasis, fue trasladado de cárcel la tarde del 12 de noviembre pasado. Vía aérea y con un informe de seguridad del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), el exjuez de la Corte Nacional fue llevado a la recién construida Cárcel del Encuentro, en la provincia de Santa Elena.
Dos días después del cambio de prisión, Wilman Terán envió un escrito al conjuez nacional Hernán Barros en el que explicaba que como profesional del derecho él estaba llevando adelante su propio patrocinio legal en el caso Vidrio libre, en el que se investiga el delito de asociación ilícita, y los abogados que ha nombrado como sus colaboradores tendrían facultad limitada de verificar cuestiones materiales del proceso, asistir a la diligencia para tomar anotaciones, pero no les habría concedido la facultad de intervenir en ellas.
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#AHORA | #CasoVidrioLibre: en la @CorteNacional –y con la presencia del fiscal general (s), Wilson Toainga–, se instala la audiencia de vinculación contra el funcionario judicial Edison Andrés V., por presunta #AsociaciónIlícita. En esta causa, están procesadas 5 personas más. pic.twitter.com/hNxlIff2K2
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) August 25, 2025
“Por tal motivo, al ejercer mi propia autodefensa, solicito que a las respectivas audiencias se disponga mi comparecencia física con el fin de ejercer la autodefensa sin ninguna clase de interrupciones ni otras distracciones que suelen suceder en los centros de privación de libertad, y otros factores que impiden la inmediación y concentración necesaria para el ejercicio provisional de la defensa técnica real y no aparente. Las notificaciones que me correspondan las seguiré recibiendo por medio del SNAI (...), aclarando que el suscrito no tiene acceso a ninguno de sus correos y siempre depende de que el SNAI le entregue, como lo ha hecho, las respectivas notificaciones”, señaló Terán en su escrito.
En el caso Vidrio Libre, el 10 de octubre pasado concluyeron los 120 días definidos para la etapa de instrucción fiscal. En esta causa penal se investiga, además de Wilman Terán, a la exjueza penal y al exfiscal de Santo Domingo de los Tsáchilas Anabell T. C. y Víctor Hugo Alcívar, respectivamente; a los abogados del exvicepresidente correísta Jorge Glas Édison Loaiza y Cristian Palacios; y a Édison Andrés V. T., actual funcionario del CJ en la Dirección Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas.
La asociación ilícita que se persigue en el caso Vidrio Libre tiene relación con el momento en el que el líder correísta Jorge Glas logró conseguir salir de la cárcel, según dijo el fiscal general encargado Wilson Toainga, “evadiendo la acción de la justicia”.
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El 13 de octubre último, el entonces fiscal general subrogante Wilson Toainga informó al conjuez Barros que, pese a que ya ha fenecido el plazo fijado por la autoridad judicial para la etapa de instrucción fiscal, hasta esa fecha se habrían dispuesto diligencias solicitadas por las defensas técnicas de los procesados. Se aclaró que todas estas diligencias han sido definidas dentro del plazo de instrucción fiscal, es decir, todo lo despachado en escritos presentados hasta el 10 de octubre último.
En medio de la espera para que se defina una fecha y hora para que se realice la respectiva audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, Wilmán Terán hace esa aclaración respecto a sus abogados y solicita que él sea trasladado desde la Cárcel del Encuentro para ejercer personalmente su defensa técnica en la causa.
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En agosto de 2024, luego de que las juezas nacionales Emma Tapia y Katerine Muñoz aceptaron la apelación hecha por Wilman Terán a la negativa del habeas corpus resuelto por otro tribunal de la CNJ, alias Diablo consiguió su traslado desde la cárcel de máxima seguridad La Roca, de Guayaquil, hasta la Cárcel 4, en Quito. Del tribunal de apelación del habeas corpus, solo el juez Alejandro Arteaga votó en contra.
Tanto Tapia como Muñoz resolvieron aceptar el habeas corpus, una vez consideraron que Terán demostró que “en la cárcel La Roca ha recibido tratos crueles, inhumanos y degradantes”. En su resolución, las magistradas le dieron un plazo de 48 horas al SNAI para que cumpla con el traslado del expresidente de la Judicatura y ordenaron que “se garantice el acceso a diferentes equipos electrónicos y demás herramientas de trabajo útiles para que pueda ejercer plenamente su defensa, por un tiempo de, al menos, ocho horas diarias, en espacios adecuados con conexión a Internet, con las limitaciones del caso, luz eléctrica”.
#ATENCIÓN | #CasoVidrioLibre: con base en los elementos de convicción recabados, #FiscalíaEc formula cargos por #AsociaciónIlícita contra 5 procesados, entre ellos Wilman T. y un exagente fiscal.
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) June 13, 2025
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La resolución incluyó la disposición para que se permitieran las visitas de los abogados patrocinadores de alias Diablo “en la privacidad que se requiere, sin restricción alguna de horarios ni tiempos de visita, sin necesidad de agenda previa”. Terán permaneció en la Cárcel 4 por cerca de 13 meses hasta que fue llevado a la Cárcel del Encuentro.
La teoría del caso de Fiscalía en el caso Vidrio Libre resalta que, para alcanzar la irregular libertad de Jorge Glas, previamente Wilman Terán se habría reunido con el juez Emerson Curipallo en el domicilio de la entonces jueza Anabell T. C. Aparentemente, alias Diablo pretendía solicitar el otorgamiento de la libertad de Glas, comprometiéndose a archivar todos los expedientes disciplinarios, evitando su destitución, inclusive ofreciendo un blindaje o protección desde el CJ a favor de Emerson Curipallo.
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El fallo del Curipallo, recordó Toainga, habría sido impulsado por el entonces fiscal Víctor Hugo Alcívar, quien habría referido al en ese momento juez que ejecute lo solicitado a favor de Glas, informando que no había preocupación por el Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), pues el abogado de Jorge Glas, Édison Loaiza, era quien garantizaría la “nula intervención” de parte del SNAI.
Finalmente, Toainga explicó que, luego de influir en la decisión jurisdiccional que se pretendía, el siguiente paso implicaba la elaboración de la medida cautelar. Su preparación habría estado a cargo de Terán, mientras que de la coordinación del sorteo en la Unidad Judicial de Santo Domingo se encargaría la jueza Anabell T. C., a través de Édison Andrés V. T., quien realizaría las acciones en el sistema para que Curipallo sea el juez asignado y habilitado para recibir las causas, dejando el patrocinio, presentación y tramitación del recurso en manos del abogado Christian Palacios.
Todo el objetivo se habría cristalizado el 26 de noviembre de 2022 en Santo Domingo de los Tsáchilas, pues el abogado Christian Palacios presentó la demanda constitucional de medidas cautelares en beneficio de Jorge Glas, cuyo conocimiento recayó en la judicatura de Emerson Curipallo, quien a su vez, el 28 de noviembre de 2022, es decir, dos días después de planteada, resolvió admitir la petición de medidas cautelares ordenando que Jorge Glas se presente en libertad una vez por semana en la Penitenciaría del Litoral, en Guayaquil, y la prohibición de salida del país, entendiéndose consecuentemente cumplida la perspectiva de la asociación ilícita, otorgando la respectiva boleta de excarcelación. (I)



























