La Corte Constitucional (CC) admitió a trámite dos de las cuatro demandas de inconstitucionalidad que se presentaron en contra de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas, que fue el tercer proyecto económico urgente que envió el Ejecutivo y que se aprobó en la Asamblea Nacional.
Las acciones públicas de inconstitucionalidad admitidas fueron presentadas por los ciudadanos Byron Mauricio Garcés Preciado, Pacha Lucía Terán Pineda y Edgar Paúl Jácome Segovia y por organizaciones como la Unión de Defensores del Agua y la Naturaleza (Unagua), la Federación de Organizaciones Indígenas y Campesinas del Azuay (FOA) y otras.
Estos recursos fueron admitidos y unificados el 8 y 10 de septiembre por las salas de admisión de la CC; sin embargo, el organismo negó las medidas cautelares para que se suspendan, de manera provisional, los efectos de esta normativa. A la vez, la Corte Constitucional dispuso a la Presidencia de la República y a la Asamblea Nacional que en el plazo de quince días, a partir de la notificación, intervengan defendiendo la constitucionalidad de las normas impugnadas.
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En tanto que, este miércoles, 1 de octubre, la Asamblea Nacional remitió a la CC el expediente legislativo sobre la aprobación de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas.
Las demandas de los ciudadanos y de las organizaciones fueron presentadas por el fondo y por la forma en contra de los artículos 4, 5 y 6 de la norma, relacionados con la creación del Servicio Nacional de Áreas Protegidas, por parte del presidente de la República, la conformación de un fideicomiso para la gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y la intervención de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas para la protección de este sistema.
El trámite de estas causas, ahora acumuladas, se encuentra en el despacho de la jueza constitucional Karla Andrade Quevedo. Mientras que sobre las otras dos demandas de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley de Áreas Protegidas la Corte Constitucional no se ha pronunciado.
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Esta normativa fue aprobada en el pleno del Parlamento el pasado 10 de julio con 80 votos a favor y tiene como objeto establecer medidas económicas urgentes para garantizar el fortalecimiento y la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
El trámite de estas acciones públicas se da en el marco de la declaratoria de inconstitucionalidad de la Corte Constitucional, el pasado 26 de septiembre, en contra de las leyes de Solidaridad Nacional y de Integridad Pública, que fueron las primeras envidas por el Ejecutivo con carácter económico urgente. (I)