Un total de 31 personas fueron sentenciadas por participar en actividades de carácter extorsivo desde una empresa que figuraba como call center en el norte de Quito. El proceso se llevó adelante por el delito de asociación ilícita.

Por este caso, un grupo de trece personas continúa con el procedimiento ordinario.

En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, los 31 acusados pidieron acogerse al procedimiento abreviado, para lo que debieron cumplir con requisitos establecidos en el artículo 635 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

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Ellos, según la Fiscalía, reconocieron su participación en los hechos y, con base en la norma legal, acordaron la pena de acuerdo a su grado de participación.

De acuerdo con las indagaciones, la empresa facturaba entre $ 5.000 y $ 67.000 por mes. Los fondos provenían de cuentas de Ecuador y México.

La fiscal a cargo del caso presentó pruebas de testimonios de los procesados. En sus versiones admitieron haber hecho llamadas y enviado mensajes a personas en el extranjero a fin de exigir sumas de dinero a cambio de no atentar contra su integridad.

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El grupo usaba aplicaciones móviles y de mensajería instantánea para enviar mensajes y material audiovisual que mostraban a personas siendo mutiladas.

Con esas fotos y videos exponían lo que podría ocurrirles a las víctimas si no cumplían con las exigencias.

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En el caso, agentes que participaron en el allanamiento a la empresa y peritos en informática forense también ofrecieron sus versiones; así también, presentaron informes de reconocimiento del lugar, análisis financiero, reconocimiento de evidencias y pericia informática de los dispositivos tecnológicos, entre otros elementos.

Situación legal de los 13 procesados por ‘call center’ en Quito

Para el otro grupo de trece procesados, la Fiscalía presentó elementos de convicción; sin embargo, la jueza solo aceptó el pedido para tres y dictó sobreseimiento para los otros diez.

Según Fiscalía, la autoridad no habría considerado todas las pruebas aportadas, por lo que se apeló la decisión.

Dentro del proceso, Fiscalía detalló que se han identificado otros posibles delitos relacionados, como enriquecimiento privado no justificado, falta de afiliación al seguro social por parte de una persona jurídica, violación a la intimidad y pornografía infantil.

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Por estos supuestos hechos, la entidad inició las respectivas indagaciones.

El delito de asociación ilícita estipula penas de 3 a 5 años de prisión, según el artículo 370 del Código Integral Penal. (I)