Una octava sentencia recibió Eduardo Édison M. C., quien es considerado violador serial.

La penúltima víctima fue una niña de 8 años, que fue abusada sexualmente el 9 de abril de 2024 en el sector de Alma Lojana, en el suroriente de Quito.

Por este caso, un tribunal le impuso una pena de 29 años y cuatro meses de prisión.

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Según la Fiscalía, este sujeto es responsable de una serie de agresiones sexuales registradas en Quito. Las víctimas eran niñas y mujeres adultas. Actuaba bajo la misma modalidad: amenazas de muerte con arma blanca.

Eduardo Édison M. C. fue detenido el 2 de mayo de 2024 por un delito relacionado con tráfico de drogas. No obstante, a partir de aquello, las víctimas proporcionaron características que coincidían con los rasgos físicos del ahora sentenciado.

En su octava sentencia, un tribunal lo condenó como autor directo del delito de violación, esta vez de veintinueve años y cuatro meses de prisión.

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El hecho investigado por la Unidad de Violencia de Género ocurrió en abril de 2023, en el sector La Floresta, en el norte de la capital. La víctima fue interceptada en los exteriores de un reconocido hotel. El agresor la condujo por la fuerza hacia un sendero con abundante vegetación, donde estaba una zanja, y cometió el delito.

En la audiencia de juzgamiento, la fiscal del caso expuso el testimonio anticipado de la víctima, quien relató que, durante la agresión, Eduardo Édison M. C. le dijo que actuaba por venganza, al afirmar que la atacaba por haberlo denunciado, pues la confundía con su primera víctima.

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Además, se presentaron la pericia de genética forense, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, entre otras pruebas que sustentaron la acusación.

El sentenciado acumulaba siete condenas por violación, incluida una de enero de 2026 y otra de abril de 2025 contra una adolescente de 12 años.

Adicionalmente, registra antecedentes penales desde 2008. Fiscalía mantiene investigaciones y procesos por otros hechos similares.

Este último caso se procesa por el artículo 171, inciso primero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el delito de violación.

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Al tratarse de un procesado reincidente, la condena fue incrementada en un tercio, conforme a lo establecido en el artículo 57 de la misma norma, informó Fiscalía. (I)