En el momento de planificar la jubilación, un descuido frecuente puede disminuir de manera significativa la pensión que otorga el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
La normativa vigente establece que el cálculo de la renta se basa en el promedio de los cinco años con mejores sueldos reportados, por lo que los últimos aportes y la continuidad de pagos resultan determinantes.
¿Quiénes pueden jubilarse?
Son pensionistas o jubilados todas las personas que cumplan los requisitos de jubilación por vejez, invalidez o discapacidad, así como quienes acceden a la pensión de montepío por viudez u orfandad.
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Para ingresar la solicitud de vejez se requiere que todos los aportes estén cancelados, incluidos los del último empleo. El trámite puede aprobarse de forma inmediata, pero en promedio tarda hasta quince días.
La renta inicial se obtiene promediando los sueldos de los cinco mejores años de aportes, de acuerdo con la Resolución C. D. 300. A ese valor se le aplica un coeficiente según el total de imposiciones registradas, detallado en el artículo 13 de la Resolución C. D. 100. Por ello, mantener salarios altos y aportes completos en los últimos años de trabajo es clave para no reducir el monto final.
Pensiones
Mínimas
Años de aportación | Porcentaje del SBU | Valor mensual |
---|---|---|
Hasta 10 años | 50 % | $ 235 |
De 11 a 20 años | 60 % | $ 282 |
De 21 a 30 años | 70 % | $ 329 |
De 31 a 35 años | 80 % | $ 376 |
De 36 a 39 años | 90 % | $ 423 |
40 años o más | 100 % | $ 470 |
Máximas
Años de aportación | Porcentaje del SBU | Valor mensual |
---|---|---|
Hasta 10 años | 250 % | $ 1.175 |
De 15 a 19 años | 300 % | $ 1.410 |
De 20 a 24 años | 350 % | $ 1.645 |
De 25 a 29 años | 400 % | $ 1.880 |
De 30 a 34 años | 450 % | $ 2.115 |
De 35 a 39 años | 500 % | $ 2.350 |
40 años o más | 550 % | $ 2.585 |
El error más común al reincorporarse al trabajo
Los jubilados acceden a una pensión de vejez tras cumplir los años de aportación y la edad establecida por la ley, con el objetivo de garantizar estabilidad económica en la etapa posterior a la vida laboral activa. El problema surge cuando el jubilado vuelve a trabajar sin respetar las disposiciones legales.
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El IESS explica que “el jubilado de vejez y vejez por discapacidad puede volver a trabajar en cualquier empresa o institución, excepto durante los primeros doce meses de jubilado en la empresa o institución donde cesó para calificar el derecho de su jubilación”. En el caso de los jubilados por invalidez, el reingreso debe contar con autorización de la Dirección del Sistema de Pensiones.
Para quienes deseen reincorporarse al sector público, la Ley Orgánica de Servicio Público, en su artículo 129, permite ocupar puestos de libre nombramiento y remoción, cargos de nivel jerárquico superior, docencia universitaria o investigación científica.
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No respetar estos plazos o condiciones puede acarrear sanciones y, sobre todo, la reducción temporal de la pensión.
Excepciones y condiciones del descuento del 40 %
Sobre la reducción de la pensión, el IESS precisa que “el jubilado de vejez y vejez por discapacidad que reingresa a laborar puede ser sujeto al descuento del 40 % de sus pensiones siempre y cuando la pensión jubilar sobrepase el monto de la canasta familiar básica del año anterior”. Esto significa que no todos los jubilados que vuelven a trabajar pierden automáticamente parte de su pensión, sino únicamente quienes cumplen con esa condición económica.
Además, quienes padecen enfermedades catastróficas certificadas por el IESS o perciben una pensión menor a la canasta básica vigente están exentos de cualquier recorte.
Cuando el jubilado termina su nueva relación laboral, recupera de inmediato la pensión completa, incluido el aporte estatal. Si ha trabajado al menos un año después de jubilarse, puede solicitar una reliquidación para mejorar el valor de su pensión.
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Recomendaciones para no perder dinero
Para maximizar la pensión del IESS, planifique con tiempo los últimos cinco años de trabajo: verifique que sus empleadores registren y paguen cada aporte, evite reducir su salario reportado y respete el periodo de un año antes de volver a trabajar con el mismo empleador.
Una revisión periódica de su historial de aportes en la plataforma del IESS puede evitar sorpresas y garantizar una jubilación sin recortes. (I)